Según el
Artículo 5º de los Estatutos de
DDA:
La cualidad de miembro del partido se adquiere a
solicitud del interesado ante el
Comité Ejecutivo, quien lo someterá a la aprobación de la
Asamblea General, siendo aprobada su admisión por mayoría simple de votos.
Una vez afiliado, también puedes
colaborar, solicitando una Delegación
DDA (previa aprobación de la
Asamblea General ) en la demarcación donde residas para próximas elecciones. ( ver
Artículo.- 23 de los Estatutos
DDA ) usando el mismo formulario.
LA AFILIACIÓN A DDA ES 1 €
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